Pero no quiere que el supervisor de las empresas de reunificación de deudas sea el Banco de España sino el Ministerio de Sanidad y Consumo y los organismos de Consumo dependientes de las Comunidades Autónomas, como si los créditos despues de la reunificación de deuda no fueran concedidos por una entidad financiera.
"se encuentran en el limbo regulatorio, dependientes del Ministerio de Sanidad y Consumo y de las Comunidades Autónomas. Igualito que en el caso de Forum y Afinsa.Debería ser Bernat Soria el que fuera al Congreso a explicar qué pasa con ese sector que crece exponencialmente, con publicidad muy agresiva sobre todo en medios audiovisuales, pero que está bajo el paraguas del Ministerio que él dirige con una buena parte de responsabilidades transferidas a las Comunidades Autónomas, cuya capacidad para supervisar estas sociedades es simplemente nula.
Si el Banco de España no controla este segmento de un mercado en auge en el que se cobran tipos de intereses de aúpa -o si quieren ‘plazos Matusalem’- pues poco puede hablar del denominado segmento basura."
Si aplican, a la financiación del consumo y a la refundición de deudas, lo estipulado en la Ley del Consumo en materia de tipos de interes no debieran permitirse tipos de interes nominales superiores a los tipos para descubierto de particulares [no empresa]. Ello supone no cobrar tipos superiores a DOS VECES Y MEDIA EL TIPO DE INTERES LEGAL DEL DINERO. O sea el 12,5% (2,5x5%)
Y esto, en muchos casos, no sucede como no sucede con los tipos de interés que se aplican a las operaciones con tarjetas de crédito emitidas por entidades bancarias y cajas de ahorro -supervisados por el Banco de España-, y así nos encontramos ante flagrantes caso de usura. No debiéramos acostumbrarnos.
Mucho me temo que esta nueva regulación origine un oceano de discrecionalidad en la supervisión de las operaciones de los intermediarios financieros, en claro perjuicio del ciudadano consumidor de estos servicios.
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