Las instituciones corrompidas precisan titulares sin dignidad. Un tribunal político como el llamado constitucional no puede ser presidido por juristas íntegros e independientes sin sentir vergüenza o desprecio a la noble misión de juzgar a sus conciudadanos.
La gravedad del asesoramiento de la actual presidenta del TC a una abogada acusada de ordenar el asesinato de su marido ha saltado a los medios de comunicación con el consiguiente revuelo. Se ha llegado incluso a publicar la existencia de indicaciones expresas de la señora Casas a la acusada de que la llamara personalmente si el asunto llegaba a su Tribunal por vía de amparo. El conocimiento de estos graves hechos ha sido posible al quedar grabada la llamada por la policía al tener intervenido el teléfono de la sospechosa.La dimisión debía ser fulminante. Sin embargo que se sepa no ha ocurrido tal, ni la inspección del Consejo General del Poder Judicial ha intervenido conforme le corresponde. La bula tiene origen claramente político pues no importa el comportamiento personal y profesional de los titulares del Órgano mientras éstos se dobleguen a las instrucciones de quien los nombró.
Escudándose en la falsa independencia de estos poderes inseparados, los partidos que nombran a los Magistrados declinan toda responsabilidad, cuando a ellos correspondería asumir las responsabilidades de hechos como éste. La tormenta pasará y los partidos se limitarán a la negociación para la renovación de los órganos judiciales y la intensificación del control político de la Justicia a través de rimbombantes “Pactos por la Justicia”.
Con la gravedad propia del caso, desde el punto de vista institucional aún lo es más el espectáculo previo de la Vicepresidenta del Gobierno abroncando públicamente a la Sra. Casas por decisiones supuestamente jurídicas del Tribunal que preside. Quien se mueve no sale en la foto.
La supresión del Tribunal Constitucional es imperativa en todo proyecto que pretenda la instauración de la Democracia en España. La dignidad de Jueces y Magistrados sólo es posible si la jurisdicción es única y plena en todos sus órganos, desde el más modesto Juzgado de Instancia hasta el Tribunal Supremo, pudiendo resolver sobre la constitucionalidad o no de normas y actos, y decantando su Jurisprudencia a través del sistema de recursos.
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