Pedro M. González escribe en Diario de la República Constitucional:
Tras aclararse el panorama político postelectoral, el Tribunal Constitucional, de forma paralela, retoma sus actividades resolviendo los asuntos pendientes. No es casual que el ritmo de producción de sentencias por el TC y la actividad política corran parejas, al tratarse aquél de un mero apéndice instrumental de los partidos.
La primera decisión de trascendencia en el nuevo curso ha sido calificar de conforme al principio de igualdad y no discriminatorio, que las amenazas leves y maltrato sin lesiones en el ámbito familiar sean delito cuando el sujeto activo es el varón, mientras que cuando lo sea la mujer, se califiquen tales conductas como simple falta.
La sentencia se apoya en el llamado principio de “discriminación positiva” para fundamentar jurídicamente lo que se trata de una simple decisión política, acorde con las posiciones ideológicas del partido que propuso la Ley cuestionada y que nuevamente ha resultado vencedor. El espaldarazo del Tribunal Constitucional a la norma era algo previsible, conociendo sus magistrados que la mayoría de la que su propio puesto depende, había promocionado la norma cuestionada.
Desde estas mismas páginas se denunció la inconcebible justificación del Alto Tribunal de retrasar su decisión sobre la constitucionalidad del estatuto de Cataluña hasta la finalización del proceso electoral, con la vergonzante excusa de no interferir en el mismo. Tal afirmación supuso el expreso reconocimiento tanto de su dependencia política como de la cobardía de sus miembros.
Mansas y claras ya las aguas, sabedores sus Excelentísimas Señorías de los vientos ideológicos que soplan en el poder único e inseparado que los gobierna, sólo queda resolver consecuentemente con los intereses de los nuevos señores. No importa para ello forzar los principios más básicos del Derecho. Afortunadamente la Justicia no es una ciencia exacta.
La sentencia ahora dictada en materia penal, de indisimulada carga política nos indica el camino que el TC seguirá en otras que han de venir, como la que atañe al estatuto de Cataluña. Ya lo decía Quevedo, “donde hay poca Justicia es un peligro tener razón”.
Tras aclararse el panorama político postelectoral, el Tribunal Constitucional, de forma paralela, retoma sus actividades resolviendo los asuntos pendientes. No es casual que el ritmo de producción de sentencias por el TC y la actividad política corran parejas, al tratarse aquél de un mero apéndice instrumental de los partidos.
La primera decisión de trascendencia en el nuevo curso ha sido calificar de conforme al principio de igualdad y no discriminatorio, que las amenazas leves y maltrato sin lesiones en el ámbito familiar sean delito cuando el sujeto activo es el varón, mientras que cuando lo sea la mujer, se califiquen tales conductas como simple falta.
La sentencia se apoya en el llamado principio de “discriminación positiva” para fundamentar jurídicamente lo que se trata de una simple decisión política, acorde con las posiciones ideológicas del partido que propuso la Ley cuestionada y que nuevamente ha resultado vencedor. El espaldarazo del Tribunal Constitucional a la norma era algo previsible, conociendo sus magistrados que la mayoría de la que su propio puesto depende, había promocionado la norma cuestionada.
Desde estas mismas páginas se denunció la inconcebible justificación del Alto Tribunal de retrasar su decisión sobre la constitucionalidad del estatuto de Cataluña hasta la finalización del proceso electoral, con la vergonzante excusa de no interferir en el mismo. Tal afirmación supuso el expreso reconocimiento tanto de su dependencia política como de la cobardía de sus miembros.
Mansas y claras ya las aguas, sabedores sus Excelentísimas Señorías de los vientos ideológicos que soplan en el poder único e inseparado que los gobierna, sólo queda resolver consecuentemente con los intereses de los nuevos señores. No importa para ello forzar los principios más básicos del Derecho. Afortunadamente la Justicia no es una ciencia exacta.
La sentencia ahora dictada en materia penal, de indisimulada carga política nos indica el camino que el TC seguirá en otras que han de venir, como la que atañe al estatuto de Cataluña. Ya lo decía Quevedo, “donde hay poca Justicia es un peligro tener razón”.
Blogged with the Flock Browser
No hay comentarios:
Publicar un comentario